SUMILLA : FORMULA
DESCARGO A SUPUESTA AGRESIÓN VERBAL Y PSICOLÓGICA
SEÑOR DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE
ANDAHUAYLAS.
VELASQUE QUISPE, SANTOS, identificado con DNI N°
31167877, domiciliado en Jr. Arica S/N del distrito de San Jerónimo de la
provincia de Andahuaylas de la Región de Apurímac, actual secretario General
del Sindicato de Trabajadores en la Educación del Perú SUTEP Andahuaylas; ante
Ud. con el debido respeto me presento y expongo:
Que, habiendo sido notificado por
la Oficina de la Comisión de Denuncias y Reclamos de la Unidad de Gestión
Educativa Local de Andahuaylas, estando dentro del término de ley, absuelvo ese
irrito traslado en relación a la Presunta Agresión Verbal y Psicológica
supuestamente cometida en contra de la trabajadora de la UGEL-A Sra. SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA, a fin de que su
despacho cuente con mayores elementos al momento de resolver, declarando improcedente
y/o infundada esa pretensión antojadiza, la misma que la formulo en atención a
los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
I.- FUNDAMENTOS DEL HECHO DEL PETITORIO:
PRIMERO.- Al punto 1 de su pretendida debo decir que: El día 02 de
diciembre del año en curso aproximadamente siendo las 3:00 p.m en compañía con
los dirigentes del Sindicato Único de Trabajadores en la Educación del Perú
SUTEP Andahuaylas profesores: Alvino Pérez Cabrera, Prof. Fredi Huancachoque
Aparicio, Teodoro Sauñe Zevallos, y otros nos encontrábamos en las
instalaciones de la Unidad de Gestión Educativa Local de Andahuaylas haciendo
ingresar por mesa de partes los oficios: Oficio N° 0116-2011/SG/CEP/SUTEP-A con
expediente N° 10288, oficio N° 0117-2011/SG/CEP/SUTEP-A con expediente N° 10289
ambos con fecha del 02 de diciembre del año en curso solicitando DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE CONTRATA
IRREGUALAR DEL PERSONAL DOCENTE SRA. YURY GOMEZ CÓRDOVA y solicitando COPIAS FEDATADAS DE PROPUESTAS
DE CONTRATACIÓN POR PARTE DE LAS AUTORIDADES DEL COLEGIO MILITAR “ANCCOHUAYLLO”
tal como consta en el libro de Actas de Mesa de Partes de la UGEL-A y las copias que acompaño de los
documentos en mención.
SEGUNDO: Que, el día 02 de diciembre del año en curso
aproximadamente siendo las 3:00 p.m. una vez ingresado ambos oficios indicados
en el puto 1 por mesa de partes hemos tenido una reunión de coordinación en la
Dirección de la UGEL-A con el profesor CARLOS
SALCEDO ALFARO quién se encontraba como Director encargado de la Unidad de Gestión
Educativa Local de Andahuaylas, ya que el titular Prof. OSCAR PÉREZ OLIVARES se encontraba en viaje por Comisión de
Servicio en la ciudad de Lima, en donde en compañía con los dirigentes del Sindicato Único de
Trabajadores en la Educación del Perú SUTEP Andahuaylas profesores: Alvino
Pérez Cabrera, Prof. Fredi Huancachoque Aparicio, Teodoro Sauñe Zevallos, se ha
coordinado con el Director (e) a fin de que las autoridades pertinentes dejen sin
efecto o rescindan la Resolución de Contrata Irregular de la Sra. YURY GÓMEZ CÓRDOVA y la autorización
respectiva para la entrega de copias fedatadas de todo el autógrafo de la
contrata irregular por la responsable de Área de Resoluciones, la mismas que
han sido fedatadas por parte de la secretaria
Sra. MILAGRITOS DEL PILAR ANDÍA
MELENDEZ específicamente el día 02 de diciembre, tal como consta en todos
los documentos del autógrafo debidamente fedatados.
TERCERO: Señor Director, está fehacientemente demostrado que mi
persona jamás me he encontrado en calle alguna de la ciudad de Andahuaylas menos
en las inmediaciones del local de la Unidad de Gestión Educativa Local de
Andahuaylas en fecha que alegremente señala (02 de diciembre), con la señora
SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA, y que el cargo que me imputa de supuesta AGRESIÓN VERBAL Y PSICOLÓGICA
IMAGINARIAMENTE PLANTEADA ES TOTALMENTE
FALSO, SUBJETIVO, ANTOJADIZO E INVENTADO CON INTERESES SUBALTERNOS;
asimismo, debo indicar, que como Secretario General del Comité Ejecutivo
Provincial del Sindicato Único de Trabajadores en la Educación del Perú
SUTEP-A, jamás he pretendido ni intimidado supuestamente para los descuentos de
los haberes de los docentes de la provincia de Andahuaylas por el paro
provincial convocado por la Junta de Usuarios del Distrito de Riego de la
Provincia de Andahuaylas (JUDRA) llevada a cabo del 03 al 14 de noviembre por
ser una lucha justa de los sagrados derechos fundamentales de la población de
Andahuaylas, es más, como gremio sindical nunca se ha presentado ningún
documento a la UGEL-A para tal pretensión, tampoco existe ninguna coordinación
verbal ni escrita con el director y/o jefe del Sistema de Personal de la
UGEL-A, es más qué atribución y
capacidad decisoria pudiera ostentar una secretaria del área Personal para el
supuesto descuento al magisterio, hecho que demostrado está, toda las
aseveraciones son falsas con respecto al PRIMER
punto.
CUARTO: Al punto 2 del escrito, debe manifestar: Que,
efectivamente, el cargo que ostento es Secretario General del Comité Ejecutivo
Provincial del Sindicato Único de Trabajadores en la Educación del Perú SUTEP
Andahuaylas, y nunca se hizo gala del cargo que venimos ostentando en más de 05
años de gestión sindical en diferentes períodos para ordenar y obligar a
ninguna autoridad de la UGEL-A para el descuento de los haberes por las luchas sociales, económicas,
políticas, más al contrario como representante de nuestro máximo organismo
sindical estamos para velar por el
respeto irrestricto de sus sagrados derechos económicos y laborales de nuestros
agremiados.
QUINTO: Al punto 3 debo exponer: Que, nunca verbal menos por escrito he responsabilizado
a la trabajadora señora SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA sobre los descuentos por faltas,
inasistencias, tardanzas porque no es absolutamente atribución del gremio
sindical y jamás ha existido ni existirá ninguna petición verbal ni escrita con
las autoridades inclusive con capacidad decisoria sobre tal pretensión y es totalmente falso que
se ha aducido que el próximo año 2012 no habría festejos al día del maestro si
no había descuentos de haberes.
SEXTO: Que, referente al punto 4 debo decir que: Jamás mi persona
ha utilizado esas adjetivaciones que en ese extremo aparecen, nunca hemos
atentado contra el honor de los trabajadores de la UGEL-Andahuaylas sin prueba
alguna, que efectivamente toda persona se merece el respeto siendo falso esas
imputaciones que se me inventa que haya podido agredir tanto verbal y
psicológicamente a la supuesta agraviada. Por tanto resulta absurdo y
paradójico que por haber solicitado con oficios N° 0116-2011/SG/CEP/SUTEP-A
expediente N° 10288, oficio N° 0117-2011/SG/CEP/SUTEP-A con expediente N° 10289
ambos con fecha del 02 de diciembre del año en curso solicitando DEJAR SIN EFECTO Y/O RESCINDIR LA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE CONTRATA IRREGUALR DEL PERSONAL DOCENTE y solicitando
COPIAS FEDATADAS DE PROPUESTAS DE CONTRATACIÓN POR PARTE DE LAS AUTORIDADES DEL
COLEGIO MILITAR “ANCCOHUAYLLO” respectivamente de la Sra. YURY GÓMEZ CÓRDOVA
hermana de la Sra. Trabajadora de la UGEL-A SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA me vea comprometido en esta inventada y falsa
denuncia calumniosa con intereses totalmente amañadas y subalternas.
SÉPTIMO: Al punto 5 debo decir que: La señora SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA aprovechando el cargo de secretaria del
Sistema de Personal de la Unidad de Gestión Educativa Local de Andahuaylas en circunstancias que los directores de las
instituciones educativas de la provincia de Andahuaylas presentaba el parte
mensual de asistencia correspondiente al mes de noviembre a sorprendido
induciendo a firmar y sellar un papel bond A4 en blanco aduciendo las
justificaciones diferentes con mentiras mediáticas por parte de la trabajadora
SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA, y se detalla a continuación:
A.
Muchos directores manifiestan a través de una declaración
Jurada Notarial, que la señora SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA, trabajadora de la UGEL-A
en circunstancias que presentaba el informe mensual del mes de noviembre ha
sorprendido haciendo sellar y firmar aduciendo “Que el profesor SANTOS VELASQUE QUISPE secretario General del CEP
SUTEP-A había presentado un documento a la UGEL-A para el descuento de haberes
por haber acatado el paro de Junta de Usuarios del Distrito de Riego de la
provincia de Andahuaylas (JUDRA) desde el día 03 al 14 de noviembre del año en
curso; por tanto, los directores que no están de acuerdo con tal pretensión
debían sellar firmar para el respaldo respectivo.
B. Asimismo, una de las
justificaciones de la señora SENOBIA
GÓMEZ CÓRDOVA, ha sorprendido a algunos directores haciendo firmar un papel
en blanco argumentando que “los sellos y
firmas sólo servirían como aval de la presentación de los informes y no ser
afectos los descuentos de haberes del mes de noviembre por el paro acatado por
el JUDRA” tal como aparece en las declaraciones juradas.
C. La señora SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA ha sorprendido a
algunos directores manifestando que el profesor SANTOS VELASQUE QUISPE en su condición de Sec. Gral. Había
presentado un documento a la UGEL-A solicitando el descuento de haberes del
personal docente de la provincia de Andahuaylas para realizar UNA CHOCOLATADA NAVIDEÑA para los
niños de Andahuaylas; por tanto, los directores en total desacuerdo hayan
podido sellar y firmar un papel en blanco.
D. Otra de las
justificaciones de la señora SENOBIA
GÓMEZ CÓRDOVA trabajadora del Sistema de Personal de la UGEL-A, es: Que, el
profesor SANTOS VELASQUE QUISPE, había solicitado firmas y sellos de los
directores como respaldo para no ser afectados los descuentos de los haberes
por haber acatado el paro de JUDRA del 03 al 14 de noviembre del año en curso.
OCTAVO: Señor Director, debo
precisar que la Sra. SENOBIA GÓMEZ
CÓRDOVA, una vez recabado cierta cantidad de firmas y sellos de algunos
directores de las instituciones educativas ha mal utilizado para sustentar una
denuncia de su interés personal ante
CADER y OCI de la UGEL-A en contra de mi persona por supuesta agresión verbal y
psicológica que en la práctica jamás
existió por mi representada ni por ningún miembro del SUTEP-A el día 02 de
diciembre, ya que nos encontrábamos haciendo trámites documentarios en la
UGEL-A, y coordinación con el Director encargado Prof. CARLOS SALCEDO ALFARO en su despacho directoral.
NOVENO: Señor Director, en este
orden de ideas, debo concluir, manifestando, que esta supuesta denuncia por AGRESIÓN VERBAL Y PSICOLÓGICA en contra
de la señora SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA
es totalmente FALSA, es una
aberración a la verdad que todo empleado
público debe mantener y practicar; es más bien, una venganza personal de la
supuesta agredida porque el CEP SUTEP-A, con fecha 02 de diciembre del año en curso con
expediente N° 10288, hemos solicitado DEJAR
SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 02513-2011 de fecha 29 de noviembre 2011,
de una contrata totalmente irregular de la señora YURY GÓMEZ CÓRDOVA en la IES Colegio “Militar “Anccohuayllo” de
Andahuaylas, quién es hermana de la Trabajadora del Sistema de Personal de la
UGEL-A Sra. SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA.
DÉCIMO: Señor Director, el caso,
es que, esta supuesta denuncia obedece a que el SUTEP-A, hemos desbaratado a
través de documentos sustentatorios de la contrata irregular de la señora YURY GOMEZ CÓRDOVA hermana de la señora
SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA coincidentemente el día 02 de diciembre al tener
conocimiento documentada; en ese entender los supuestos actos irregulares se
detallan a continuación:
Ø Que, la señora YURY GÓMEZ
CÓRDONA hermana de la señora SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA no está en el ranking del
año 2011 en ninguna especialidad ni mucho menos ha rendido su evaluación
regional ni nacional para la contratación del personal docente y no cuenta con
título Pedagógico en Educación Secundaria.
Ø Que el expediente de la
señora YURY GÓMEZ CÓRDOVA para la contratación docente nunca ingresó por Mesa
de partes de la UGEL-A, sino directamente al Área del Sistema de Personal en donde la hermana señora
SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA cumple la función de secretaria y habría supuesto tráfico
de influencia para los trámites pertinentes; estos actos irregulares se venía
haciendo desde la gestión del ex director Prof. JAIME CABALLERO NAVÍO, quién no
ha dado viabilidad a la contrata ilegal por respeto a las normas legales (acompaño
al la Resolución Directoral N°02630-2011-UGEL-A donde RESCINDE LA CONTRATA
IRREGULAR de la señora YURY GÓE CÓRDOVA).
Ø Sin embargo, en
contubernio con el Jefe Personal, Área de Gestión Administrativa e
Institucional, Dirección, Teniente Coronel y Director Académico del Colegio
militar y otros funcionarios de la UGEL-A han contratado de manera irregular e
ilegal a la señora YURY GÓMEZ CÓRDOVA y formalizado a través de la R.D. N°
02515 de fecha 29 de nov-2011 en la I.E. Colegio Militar “Anccohuayllo” con
título en Educación Inicial cuyo vigencia de contrata es a partir del
17-10-2011 al 31-12-2011 con Nivel y Grupo Remunerativo A-Sin Título Pedagógico
con Jornada laboral 24 horas pedagógicas cuando en realidad solo existen 15
horas pedagógicas.
Ø Señor Director, esta
Contrata Irregular a través de la R.D. N° 02515 de fecha 29 de noviembre del
año en curso a petición del CEP SUTEP-A ha sido RESCINDIDO la contrata a través
de la Resolución Directoral N° 02630-2011-UGEL-A de fecha 12 de diciembre, corroborada
por el informe legal N° 011-2011-ME-RA-DREA-UGEL-A-OAJ, por lo que puedo
presumir que las acciones en las cuales viene incurriendo la supuesta agraviada
son actos típicos de VENGANZA, creada e inventada con intereses eminentemente
mezquinos y subalternos.
MEDIOS PROBATORIOS:
1. Copia fedatada del expediente
N° 10288 (Oficio N° 0116-2011/SG/CEP/SUTEP-A, de fecha 02 de diciembre del año
en curso, donde el gremio sindical solicita DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN
DIRECTORAL N° 02523-2011-UGEL-A.
2. Copia fedatada del
expediente N° 10289 (Oficio N° 0117-2011/SG/CEP/SUTEP-A, de fecha 02 de
diciembre del año en curso, en donde se solicita Copias fedatadas de propuestas
de contratación de la señora YURY GÓMEZ CÓRDOVA.
3. Copia fedatadas de algunas
DECLARACIONES JURADAS de los
Directores que rechazan y repudian la actitud de la trabajadora SENOBIA GÓMEZ
CÓRDOVA por haber inducido a firmar y
sellar en papel en blanco argumentando con mentiras mediáticas y es como sigue;
1.
Prof. YSABEL RUDY ROJAS QUISPE, con DNI N°31188482.
2.
Prof. TEODORO HUARACA OROSCO, con DNI N° 31121417.
3.
Prof. AMELIA HUAMANÍ ZAMORA, con DNI N° 31173925.
4.
Prof. HERNAN CARI GONZA con DNI N° 02046570.
5.
Prof. ERIKA ROJAS CESPEDES, con DNI N° 42648272.
6.
Prof. GENARO CESPEDES CCANCCE, con DNI N° 31126747.
7.
Prof. GUSTAVO ALARCÓN MESARES, con DNI N°42098653.
8.
Prof. TEODOSIO PALOMINO CCENTE, con DNI N° 31164859.
9.
Prof. REINA ISABEL TUPIA CONDORI, con DNI N° 42559762.
10.
Prof. HECTOR HUAMAN ABARCA, con DNI N° 40452174.
11.
Prof. MANOLI DEL PILAR CORTEZ CASANA, con DNI N° 31184704.
12.
Prof. ALICIA SERNA
ALCARRAZ, con DNI N° 09398987.
13.
Prof. WILFREDO VIVANCO GARFIAS, con DNI N° 31166932.
14.
Prof. AMÉRICA AMELIA HUANACO CABRERA, con DNI N° 41622842.
15.
Prof. HECTOR SILVERA CHACÓN, con DNI N° 31167229.
16.
Prof. HÉTOR ORIAYA ROJAS, con DNI N° 31126627.
17.
Prof. MARCELA MAYURI CORRALES, con DNI N° 21505547.
18.
Prof. LUCIO QUINTANA ATAO, con DNI N° 31167118.
19.
Prof. FLORENCIO CÁCERES HUANCACHOQUE, con DNI N° 24698666.
20.
Prof. CÉSAR AUGUSTO
QUISPE ROMAN, con DNI N° 31180801.
21.
Prof. KENY LISBETH CORTEZ CASANA, con DNI N° 31189690.
22.
Prof. ARISA CARRIÓN ORIHUELA, con DNI N° 31186327.
23.
Prof. MILTON EDWAR URQUIZO CORTEZ, con DNI N° 31126345.
4. Copia de Orden de
Proyección N° 02720-2011-R-A-DREA-UGEL-A-ESP-ADM-I.
5. Acta de adjudicación.
6. Contrato de servicios
Personales de Docente para las Instituciones Educativas hecha por el Ex Director Prof. JAIME CABALLERO NAVÍO pero
firmado por actual director Prof. OSCAR PÉREZ OLIVARES.
7. 04 Copias de oficios de
propuestas de contrata de las autoridades del Colegio militar Anccohuayllo de
Andahuaylas.
8. Copia de FUT de solicitud
de contrata de plaza vacante, donde es formulado supuestamente por la señora
YURY GÓMEZ CÓRDOVA pero se contradice como datos del usuario al consignar
también el nombre de la hermana SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA.
9. Copia del Título de
Licenciado en Educación Inicial de la señora YURY Gómez CÓRDOVA.
10. Copia de la Resolución Directoral N°
02630-2011-UGEL-A de fecha 12 de diciembre de 2011, donde se RESCINDE el
contrato irregular de la ¨Profesora Yuri Gómez Córdova, aprobada mediante RESOLUCION
DIRECTORAL N° 02513-2011-UGEL-A.
POR TANTO:
Pido
a Ud. tener presente lo expuesto, declarando improcedente y/o infundada la
denuncia planteada, proveyendo de acuerdo a ley.
OTROSI DIGO: Conforme es de verse de los Medios Probatorios Ofrecidos
esa falaz imputación no merece amparo menos atención alguna por lo que se debe
tener en consideración también los siguientes puntos que a continuación
planteo:
1. Que, conforme se puede
apreciar de los argumentos de la denuncia, los hechos imputados carecen de
pruebas fehacientes consiguientemente no constituyen faltas Administrativas
menos delito, por cuanto de la fundamentación fáctica y las pruebas aparejados
a ella, se puede apreciar que no existe ninguna agresión verbal y psicológica
por parte de mi persona.
2. En efecto, se puede
apreciar que de mi parte no ha existido acción alguna que pueda dañar el honor
de la persona denunciante, pues solo constituye una falsa calumnia en mi contra
por acto de venganza con intereses subalternos.
3. En este orden de ideas, es
menester indicar que no ha existido de mi parte conducta alguna que pueda o
haya originado los hechos que son narrados por la señora SENOBIA GÓMEZ CÓRDOVA, y que de su propio contenido se puede
apreciar LA INEXISTENCIA DE FALTA
ADMINISTRATIVA O DELITO QUE SE ME IMPUTA, es decir, las conductas que se me
imputan son creadas e inventadas de manera maliciosa y amañada para
desprestigiar mi persona y el gremio sindical del SUTEP Andahuaylas.
Andahuaylas, diciembre del
2011.
………………………………………………………………………..
Prof. SANTOS VELASQUE
QUISPE.
DNI Nº 31167877
SEC. GRAL. CEP SUTEP-ANDAHUAY